Actualidad, Madrid

Multa para unos jóvenes por insultar por WhatsApp

La Audiencia Provincial de Alicante obliga a dos jóvenes a pagar una multa de 2.888 euros a una menor a la que, debido a los insultos recibidos por un grupo de WhatsApp,  le causaron un estrés postraumático. No obstante, la sentencia que se ha hecho pública este lunes 28 de noviembre establece que se trataría de un delito de trato degradante en el caso de que dicha acción –los insultos recibidos por teléfono- tuviera una continuidad en el tiempo y, como no es el caso, los menores han sido absueltos de dicho delito.  

Todo ocurrió durante la madrugada del 18 de octubre de 2014, cuando los jóvenes acusados empezaron a dirigirse a Marcelina (nombre usado en el fallo para referirse a la joven afectada) por un grupo de WhatsApp integrado por compañeros de clase a través de preguntas, frases, comentarios o peticiones sexuales. “Marcelina, pasa foto culo” o preguntas como si le gustaban “los 69”, el “sado” o si la “chupaba” son ejemplos de las insinuaciones que le hicieron a la joven.

Marcelina, vista la situación, se dio de baja en el grupo, pero la volvieron a meter para empezar, una vez más, a dirigirse a ella con comentarios similares a los mencionados. Uno de los integrantes se grabó un audio en el que llamaba “putilla” a la menor.

Al día siguiente, la estudiante comunicó a los profesores la situación, lo le que provocó una disputa con varios de sus compañeros de clase, entre los que se encontraba una joven con la que había tenido problemas con anterioridad, que la insultó y amenazó.

Estos hechos llevaron al Juzgado de Menores 3 de Alicante a condenar a los dos jóvenes de un delito de trato degradante en marzo de este año. Esta condena obligaba a los estudiantes a asistir a una tarea socioeducativa, a realizar trabajos comunitarios durante un periodo que oscilaba entre los 20 y 40 días y a indemnizar conjuntamente a la víctima con 2.888 euros, que serían pagados por los padres.

Sin embargo, los abogados defensores presentaron recursos de apelación ante la Audiencia y, finalmente, ésta ha absuelto a los jóvenes del delito al no tratarse de una conducta “continuada en el tiempo”, aunque sí tendrán que indemnizar a la menor con la cantidad de dinero indicada.

@ngacdaa

29 noviembre, 2016

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *