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El caso Kokorev, ¿más cerca de la Audiencia Nacional?

El empresario hispano ruso Vladimir Kokorev, tras sobrevivir a un infarto, permanece más de año y medio en prisión preventiva

 

La defensa de la familia Kokorev ha denunciado la competencia del Juzgado de Instrucción nº5 de Las Palmas para dirigir la investigación contra los presuntos testaferros de Teodoro Obiang en España.

Una semana después del levantamiento del secreto de unas pesquisas que se prolongan durante más de ocho años, la familia española de origen ruso, a través de sus letrados, se pronuncia contra la figura de un juez incompetente (en este caso la magistrada Ana Isabel de Vega) que “produce consecuencias que invalidan las actuaciones realizadas”; y añade que se ha entrado en una vía de “efectiva indefensión”, que se está vulnerando “el derecho a un proceso con todas las garantías”, que se han viciado las diligencias y, en última instancia, que asistimos a una “retención indebida de competencia cuando ya consta suficientemente acreditada la de la Audiencia Nacional”.

La situación es especialmente grave en la medida en que, como subrayan los letrados de los Kokorev, y a los efectos de lo establecido en el artículo 44 de la LOTC, si en el futuro se acabara reconociendo la competencia de la AN por el juez instructor (porque en relación a parte de los delitos investigados es evidente), “se habrían manipulado las reglas de la competencia con lesión grave de los derechos” de Vladimir, su esposa Julia y su hijo Igor, todos desde hace más de año y medio -y de forma preventiva- en la prisión canaria de Juan Grande.

¿Está más cerca el ‘caso Kokorev’ de derivarse a la Audiencia Nacional? La defensa entiende que los delitos bajo investigación (presunto blanqueo de capitales) se habían cometido en el extranjero, y que en todo caso partían de un delito antecedente extranjero también.

En efecto, la causa que ha terminado con el empresario y su familia en la cárcel tiene su origen en una querella presentada ante los Juzgados Centrales de Instrucción de Madrid a través de la Asociación Pro Derechos Humanos de España en 2008 contra una serie de ciudadanos ecuatoguineanos; y que fue enviada desde la Audiencia Nacional a Las Palmas pasado casi medio año al entender que las acciones de blanqueo denunciadas se habían cometido en las Canarias, al haberse transferido a una oficina bancaria insular los capitales objeto de sospecha.

En este sentido, la defensa plantea el hecho palmario de que no fue hasta más adelante que la causa se dirigió contra los Kokorev, “por hechos ajenos a los mencionados en la querella, al haber sido identificados durante la instrucción, y que habrían tenido lugar en el extranjero”, unos hechos que no fueron valorados en su día en la Audiencia Nacional “al no constar en las actuaciones hechos posteriores a la recepción de los capitales originales en Las Palmas”.

A tenor del sumario, cuyo contenido ha trascendido en la última semana, el núcleo de la investigación es el blanqueo posterior de las cantidades recibidas en la cuenta corriente de Kalunga (sociedad apoderada por Vladimir Kokorev) a través de compañías, cuentas corrientes y propiedades en el extranjero y otros territorios en España.

En este sentido, los abogados de la familia hacen hincapié en que en nuestro ordenamiento jurídico, basta con que parte del delito se haya cometido en el extranjero para que sea competente para su enjuiciamiento la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y por ende competente para su instrucción el Juzgado Central que por turno corresponda.

Así, se han dirigido a la juez Ana Isabel de Vega, de Las Palmas, poniendo énfasis en que el propio Ministerio Fiscal ha ponderado que “los actos de ocultación como los actos para ayudar a quien haya participado en las infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos se han realizado todos ellos en el extranjero”.

Marisa Páramo

 

16 marzo, 2017

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