Actualidad, Madrid

Condenada a 14 años de cárcel por tirar a su bebé a un contenedor

Los dos guardias civiles con el bebé abandonado. El Mundo

La pena era de 27 años, pero la acusada confesó y se mostró arrepentida, lo que hizo que la Audiencia Provincial de Madrid la rebajara

Las autoridades judiciales han procesado a Catalina Díaz Montenegro, una mujer de 38 años, por cometer un delito de asesinato en grado de tentativa con el agravante de parentesco, puesto que se la acusa de ser culpable de dejar abandonado en la basura a su bebé en Mejorada de Campo (Madrid).  La condena, que en un principio era de 27 años, ha acabado siendo de 14 después de que la mujer haya confesado y se haya arrepentido.

Esta sentencia realizada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de la capital afirma que la acusada tuvo a su hijo el 30 de junio del año 2015 en el hospital situado en Coslada, todo ello sin que su familia (esto es, su marido y sus tres hijos) tuviera noticias de ese hecho.

Un mes después, el 15 de julio y sobre las seis de la mañana, la mujer introdujo al bebé en una bolsa de deportes junto con pañales, biberones y todo tipo de utensilios para el mismo; metió todo ello en bolsas de basura y las tiró a un contenedor para restos orgánicos de la avenida de los Toreros, contenedor que se encontraba a 150 metros de su vivienda.

La sentencia explica que el llanto del recién nacido alertó a un individuo que circulaba por esa zona, lo que hizo que este acabara llamando a las autoridades policiales. De esta forma la Guardia Civil y la Policía Local rescataron al niño en perfecto estado.

Asimismo, en dicho documento los magistrados de la Sección Primera subrayan que la mujer admitió que había arrojado a su hijo a dicho contenedor y que era consciente de que esa acción podía haber causado la muerte del menor, para después pedir perdón por hacerlo.

A la hora de establecer la condena las autoridades judiciales han tomado en consideración que la acusada puso la vida del bebé en peligro y la forma de hacerlo. En la sentencia también queda fijado que la mujer no podrá acercarse a su hijo más de 500 metros y tampoco comunicarse con él en los próximos 24 años. La defensa aceptó dicha condena.

2 abril, 2017

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *