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La Fiscalía Anticorrupción ordenó por dos veces archivar el caso Kokorev

Segunda actuación de la Fiscalía Anticorrupción ordenando el archivo del caso Kokorev

El sumario que recoge la investigación desarrollada contra los supuestos testaferros de Teodoro Obiang en España (Vladimir Kokorev, su mujer Julia y su hijo Igor) está plagado de elementos tanto categóricos como secundarios que acrecientan el carácter kafkiano del proceso al que lleva sometida más de una década esta familia hispano rusa, y pone en la palestra la sombra de la xenofobia, que ha llegado en los últimos días al tejado del Consejo General del Poder Judicial.

El 8 de junio de 2005, el Fiscal Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción, José Miguel Alonso Carbajo, decretó por vez primera el archivo de las actuaciones. En concreto, certificó y notificó a los denunciantes que, tras conocer informes del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales del Banco de España (SEPBLAC), no había delito de lavado de dinero relativo a la sociedad Kalunga Company, objeto aún hoy de las principales pesquisas del caso.

Aún más, el empresario Vladimir Kokorev ya había declarado en Las Palmas de Gran Canaria, el anterior 26 de mayo de 2005, esclareciendo todos los movimientos de la mencionada compañía mercantil por los que le interrogó el fiscal Luis del Río Montesdeoca. En concreto, acreditó y pudo justificar ante la fiscalía transferencias varias, préstamos, pagos de alquileres, pagos por transporte de trabajadores, actividad de los barcos, el objeto de sus negocios…. Asimismo, y de manera ya entonces convincente ante la justicia, señaló que en sus sociedades figuraba también como apoderado sus hijo Igor (entonces de 22 años), porque había empresas en las que el matrimonio “tenía una participación minoritaria y para que en el caso de su fallecimiento, su hijo pudiese “continuar en la empresa (…) aunque nunca ha utilizado esos poderes”.

En esa primera decisión, la Fiscalía recalcó que el decreto del archivo de las actuaciones se debió a que los hechos investigados no revestían los caracteres de delito, ni por lo tanto perjudicaban u ofendían a nadie; y así, que no se encontraban “fundamentos para ejercitar acción alguna”.

Primera actuación de la Fiscalía Anticorrupción ordenando el archivo del caso Kokorev

No conforme con el cierre del ‘caso Kokorev’, el SEPBLAC volvió a la carga el 10 de julio de 2006 adjuntando nueva documentación al Fiscal y procediendo a la reapertura de las diligencias informativas 2/04 al entender que había “nuevos hechos que pudieran ser constitutivos de delito”.

Sorprendentemente, los nuevos legajos aportados por el servicio de persecución de infracciones monetarias del Banco de España no aportaban hecho delictivo alguno nuevo, aunque sí las suposiciones que incluso hoy (inalterables y en apariencia inconsistentes) mantienen a esta familia recluida en prisión preventiva más de 20 meses en el centro canario de Juan Grande. A saber, las ‘nuevas’ averiguaciones colegían que cabía “la posibilidad de que Vladimir Kokorev y Julia Kokoreva” actuasen como “testaferros de políticos de alto nivel de Guinea Ecuatorial”, una aseveración que hoy sigue sin probar ni aquilatar en un auto de procesamiento la magistrada del juzgado de Instrucción nº5 de Las Palmas, Ana Isabel de Vega Serrano, apoyada en papeles de la UDYCO.

Esos documentos de la Guardia Civil, como los elaborados hace más de una década por el Banco de España (5 de julio de 2006), apuntan como hipótesis que se han podido distraer “fondos públicos aumentando pagos a sus proveedores” y que la operativa estudiada podría tener “origen en la corrupción política” de la antigua colonia española.

Luis del Río Montesdeoca, fiscal del caso Kokorev

Con estos ‘novedosos’ elementos sobre la mesa, y con fecha 11 de julio de 2007, el fiscal José Miguel Alonso Carbajo decidiría de nuevo el archivo de la causa. Anticorrupción concluye que “de los informes y los datos recabados no surge una dinámica de actuación distinta en esencia de la que se realizaba a través de la sociedad Kalunga”. Aún más, que era “un obstáculo esencial para seguir la persecución penal” que no se podía acreditar “la existencia misma de actividad delictiva precedente” por parte del empresario Vladimir Kokorev.

A más abundamiento, y contando con el apartado 4 del artículo 301 del Código Penal, Alonso Carbajo establece que los capitales de Kalunga y otras sociedades “se han obtenido de manera no constitutiva de delito en el país de origen” (Guinea Ecuatorial), y por tanto “su transformación no puede considerarse delictiva en territorio español”.

Sorprendentemente, la Audiencia Provincial de Las Palmas estableció en un reciente auto de 18 de enero de 2017 que no es necesario “que existan indicios racionales de criminalidad contra la persona afectada” por medidas cautelares en una investigación para mantener a ésta en prisión preventiva. Lo hizo en un escrito firmado como presidenta por Pilar Parejo Pablos y que tuvo como ponente a Nicolás Acosta González, rechazando rechaza así la petición de libertad de Igor Kokorev. Ya antes, la propia jueza De Vega había admitido en auto de 23 de noviembre de 2015 que no contaba con pruebas para justificar por delito alguno el procesamiento contra la familia cuyo cautiverio, aún en estas circunstancias, decidía prolongar.

Mientras el CGPJ estudia si expedienta a un magistrado de la Audiencia Provincial de Las Palmas que ha manifestado abiertamente su xenofobia (en especial contra ciudadanos rusos), y mientras la diplomacia de la Federación Rusa estudia si exigirá la revisión de los casos sobre los que se ha pronunciado este magistrado xenófobo, la familia Kokorev encara dos años de prisión preventiva con agravamiento severo de la salud del anciano Vladimir, que según fuentes de la familia, y camino de los setenta años, “humanitariamente, ha llegado al límite”.

Tras los dos archivos mencionados de la causa por parte de la Fiscalía Anticorrupción, la familia Kokorev fue extraditada hace dos años después de que su ex abogado, Ismael Gerli, violase el secreto profesional y entregase a la justicia documentación con signos de haber sido en parte falsificada o ‘fabricada’. No en vano, el ‘testigo estrella’ que cambió el rumbo del proceso está perseguido en Panamá penalmente en más de una decena de causas. Investigado por estafa agravada, fraude y delitos contra la fe pública, ya ha sido imputado por falsedad documental. Su salida del país ha sido prohibida y sus comparecencias ante el poder judicial como medida contra su fuga se llevan a cabo todas las semanas.

Javier Cordero

 

4 mayo, 2017

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