Opinión

La herramienta del Gobierno para detener el reto soberanista

Imagen: La Vanguardia

Mientras todos nos estábamos preguntando qué demonios es lo que iba a hacer el Gobierno para evitar el manoseado referéndum independentista catalán, dándole vueltas a la aplicación, en todo o en parte, del complicado artículo 155 de la Constitución, resulta que, tanto Moncloa como Ferraz, hacia tiempo que tenían sobre la mesa la herramienta, creada entre ambos, en 2015, ya bajo el mando el PSOE de Pedro Sánchez, para detener el reto soberanista. Una herramienta que a las formaciones soberanistas despertó suspicacias  y que incluso llevaron al Tribunal Constitucional sin éxito.

Lo mas curioso es que tan importante disposición legal, de la que enseguida hablaremos, haya pasado desapercibida para los medios de comunicación y consecuentemente para la opinión pública. Se trata de, nada menos, la Ley de Seguridad Nacional, una normativa que permite, sin tener carácter orgánico, actuar en defensa de esa Seguridad Nacional sin necesidad de recurrir, más dramática y complicadamente  en cuanto a las autorizaciones de las Cámaras legislativas, Congreso y Senado, a los Estados de Excepción, Alarma o Sitio, previstos en el artículo 116 de la Constitución.

Define esta Ley que se entenderá por Seguridad Nacional la acción del Estado para defender los derechos, la libertad y el bienestar del conjunto de los españoles, y faculta al Presidente del Gobierno para, vía Real Decreto, declarar una situación de interés para la Seguridad Nacional y organizar una estructura que garantice la defensa de España y sus principios constitucionales. O sea, faculta al Presidente del Gobierno para oponerse al capricho soberanista catalán » ad hoc» sin recurrir a medida militar alguna de forma extrema.

Según esta sorprendente herramienta de la que no teníamos noticia ni comentario los españoles, resulta que el Jefe del Ejecutivo asume funciones «cuasi dictatoriales» para dar órdenes en todos los ámbitos de la Administración, INCLUIDO EL MANDO DE TODOS LOS CUERPOS Y FUERZAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO, ES DECIR, INCLUIDOS LOS MOSSOS DE ESCUADRA CATALANES, nada menos que eso, queridos amigos. Con razón afirmaba la portavoz socialista, tras la reunión de Sánchez con Rajoy, que apoyaban sin fisuras al Gobierno contra el reto soberanista, pero sin el articulo 155, tan exigente en autorizaciones de las Cámaras.

Por supuesto el Real Decreto debe incluir la definición de la crisis, su ámbito geográfico y su duración, que, en el caso catalán que nos ocupa, será sin duda restringido al territorio catalán, se proclamará cuando se convoque oficialmente el plebiscito pretendido y tendrá una duración que incluya el primero de octubre. Ya tendría gracia, por introducir una nota jocosa en estas lineas, que así como Puigdemont ha elegido para fecha del referéndum separatista el  «Día del Caudillo» del pasado Régimen, ahora se eligiera para convocarlo e inmediatamente para responderlo la aplicación de la Ley de Seguridad Nacional  la fecha también del pasado 18 de Julio.

Manuel Monzon

14 julio, 2017

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