Opinión

Los procesos de Palma y el circo Noos

El caso Noos es un claro ejemplo de vulneración de los derechos Constitucionales a la presunción de inocencia a un procedimiento con garantías a la intimidad ya la propia imagen de los ciudadanos.

Y es que el Juez de Instrucción y el Fiscal, desde el principio, no se limitaron a recoger indicios acerca de la existencia de los presuntos delitos de los que habían tenido conocimiento tal y como preceptúa nuestra ley procesal. Fueron más allá, poniendo en marcha toda la maquinaria judicial y policial para tratar de descubrir cualquier posible conducta ilícita en que hubieran podido haber incurrido los investigados, susceptible esa conducta de ser enjuiciada haciéndose una causa general contra el gobierno del señor Matas en Baleares y del Partido Popular en el Resto de España. Y es que, sorprendentemente, no se han querido investigar hechos similares que se dieron en ayuntamientos como el de Barcelona.

Además, no olvidemos cómo se han ido filtrado a la prensa todo tipo de datos sobre la vida intima de los protagonistas del procedimiento: sus casas, sus fiestas, sus correos privados, sirviendo ello de chanza y diversión para cierta parte del pueblo y de barato contenido informativo y audiovisual para los medios de comunicación, que entrando solo en lo superficial ni se han molestado en tratar de analizar si las adjudicaciones de contratos por parte de entidades públicas al Instituto Noos eran lícitas o no, o si realmente se realizaron los trabajos y eventos encargados.

No lo neguemos: todos los acusados, y algunos más que otros, ya han sido declarados por la ciudadanía culpables antes de comenzar el juicio, sin siquiera oírles y darles el beneficio de la presunción de inocencia. ¿Para eso nos dotamos de una Constitución?

Por otra parte, si bien al Juez Instructor se le facilitaron todo tipo de medios, sorprende que se haya tardado más de cuatro años en la investigación, cuando alguna causa mucho más compleja, como la del 11M, en tres años estaba ya juzgada. Todo ello ha ido en detrimento de los acusados, que han sufrido una infamante pena de telediario prolongada durante años.

Ahora solo nos quedará ver, como remembranza de los procesos de Moscú, a muchos de los acusados confesarse culpables de delitos que posiblemente no cometieron, presa de un terror justificado ante unas peticiones de penas desproporcionadas.

Sin embargo como ejemplo de dignidad aferrándose a la grandeza de la presunción de inocencia tenemos a una infanta de España, a la que antes de poder dilucidarse por parte de la justicia si es culpable o inocente se le ha llegado a exigir que renunciase sus derechos dinásticos, e inclusive a su cónyuge.

Quizás es el momento de preguntarnos qué hacer al ver las barbas de nuestros vecinos cortar.

15 enero, 2016

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