Opinión

¿Hay sentido jurídico en la parodia negra?

Se abre el telón y aparecen muñecos manejados por dos titiriteros que, bajo la excusa de «esto está basado en una obra de Lorca», representan escenas simbólicas de violencia que incluyen agresiones a policías, a monjas y a jueces. ¿Cómo se llama la película? Dejo el título a la creatividad (y criterio) del lector.

Aparte de la discusión jurídica (que a posteriori tendrá su turno), se hace imprescindible apelar al sentido común para no volvernos demasiado locos. No le pondría a mis hijos de 4 años capítulos de Family Guy o South Park, de la misma manera que tampoco permitiría que mis hijos contemplaran un espectáculo de títeres de contenido violento. Y no me estoy poniendo moralista en absoluto, de hecho, al final del día, el espectáculo consistía en muñequitos moviéndose de aquí para allá dándose golpetazos y dudo que los niños percibieran la agresividad real o el contenido político/social del conjunto. No hay más que prestar un poco de análisis y atención a la programación infantil actual para darnos cuenta de que senderos más turbios recorren los menores actualmente cuando ven la televisión.

El problema real (o mejor dicho, uno de tantos) es que el ánimo transgresor de sus artífices estaba completamente fuera de lugar en escenario y público al que se dirigía. Han sido varias las voces que se han alzado justificando la naturaleza de la obra diciendo que el espectáculo no era para niños y que los menores “no debían estar allí”. Ni el espectáculo era para niños, ni los titiriteros estaban ciegos como para no percatarse del público que les contemplaba, ni nadie es tan estúpido (¿o sí?) como para pretender depositar semejantes escenas (cartelito paródico “Gora Alka-Eta” “included”) en la vía pública sin esperar consecuencias. Si se prefiere, también lo puedo expresar con  palabras más burdas: los niños no se van a morir por contemplar semejante disparate, pero los padres tampoco son idiotas.

Y como vine anunciando desde el segundo párrafo, el asunto jurídico también tiene su miga, pues no entiende un servidor de qué manera se han encajado los hechos que nos ocupan en un delito de enaltecimiento del terrorismo. La (evidentísima) intención de estos señores era la de hacer parodia (descalabrada y negra, pero parodia al fin y al cabo) y la responsabilidad por un delito del 510 del Código Penal parece cogida con pinzas, como poco. Lo mismo ocurre con las medidas de prisión provisional sin fianza, fundamentadas en la posible fuga de los titiriteros o en una posible repetición de los hechos. Más encuadrables veolos actos, eso sí, en un supuesto delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas garantizados por la constitución, pero mi conclusión sigue siendo la misma: Aún nos encontramos buscando los límites de la libertad de expresión.

Desde la humildad y sin ánimo de herir a nadie, no estamos tratando con reyes del crimen. Estamos tratando con dos titiriteros que tienen su obrilla progre más o menos acertada según criterios que, por las razones que sean, no han sido conscientes del peligro al que se estaban exponiendo. Y me da que, en perspectiva, ellos mismos han sido los títeres de un espectáculo mucho más grande pergeñado por quienes están arriba. Si ha sido así, lamentándolo mucho, lo único que me queda a estas alturas es cierta compasión.

Pablo Antonio Siles Campo

Abogado
Suárez & Maraña

13 febrero, 2016

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