Opinión

El escenario postelectoral ¿Escaños o cromos?

El artículo 99 de la Constitución establece que después de cada renovación del Congreso de los Diputados será el Rey el que, una vez consultados los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.

El candidato propuesto por el Rey expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara. Para que dicho candidato sea nombrado presidente por el Rey, deberá contar con la confianza de la mayoría absoluta de sus miembros. En caso de no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.

Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma antes mencionada y prevista en el artículo 99 de la Constitución Española. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.

Como se desprende de la lectura de dicho precepto, en ninguna parte aparece que serán los diputados quienes en las oficinas se repartirán el poder entre ellos obviando el resultado obtenido en las urnas. Cuando nuestro constituyente redactó la Constitución nunca previo la presente intoxicación de los poderes del Estado. Un poder ejecutivo elegido por el poder legislativo y un poder judicial a su vez tutelado por los anteriores. ¿Cuándo murió Montesquieu? Cuando el partido comenzó a ser más importante que la gente.

La Constitución no recoge que sean los políticos los que escojan entre los diputados al Presidente del Gobierno sino que se busque un candidato, esto es, diputado o no que surja del consenso y no del pacto del despacho. Cuando la ciudadanía no ha votado a ningún partido por mayoría absoluta ¿Por qué nos van a gobernar los segundos o terceros? España requiere una profunda reforma: primero del talante moral de nuestra política para que esté menos preocupada por el poder y más por la gente, y segundo una reforma que busque garantizar la división de poderes con sus oportunos equilibrios y contrapesos.

“El poder es como un explosivo: o se maneja con cuidado, o estalla.” Enrique Tierno Galván

@OspinaOpinablog

Abogado y politólogo

21 enero, 2016

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