La decisión de la Audiencia Provincial se produce después de que la defensa del joven recurriera la orden de Zamarriego de retenerle el pasaporte, determinación que tomó el magistrado al entender que Gómez Iglesias podía abandonar el país para huir y no comparecer ante la justicia. Según la Sección Primera, aquel riesgo al que el instructor apeló para prohibir al acusado la salida del territorio nacional no parece sostenerse en el tiempo.
«La ausencia de explicación sobre la persistencia del mencionado peligro (…) unido al tiempo transcurrido desde que se adoptó la medida cautelar (17 de octubre de 2014), sin que conste que el recurrente haya dejado de acudir cuando ha sido citado, su arraigo en España donde residen sus familiares y su escasa capacidad económica conllevan a que no se considere elevado el riesgo de incomparecencia a juicio que se trataba de garantizar, por lo que procede dejar sin efecto la medida cautelar de prohibición de abandonar el territorio nacional y retirada del pasaporte», argumenta la Audiencia Provincial.
Zamarriego denegó el pasado 16 de octubre -un año después de acordar la retención de la documentación del joven- la petición de Gómez Iglesias de que se le devolviera el pasaporte y se le retirara la medida cautelar de prohibición de abandonar el país.
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